Cancelacion de Deportacion
Existen dos tipos principales de Cancelación de Deportación: una para los Residentes Permanentes Legales (LPR) y otra para los No Residentes Legales Permanentes (Non-LPR). Si bien ambos ofrecen un alivio de la deportación, los criterios de elegibilidad y la naturaleza del mismo difieren significativamente.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la Cancelación de Deportación para Residentes Permanentes Legales?
- Residencia legal permanente durante 5 años: Debe haber sido titular de una tarjeta de residencia durante al menos 5 años antes de presentar la solicitud.
- Residencia continua en EE.UU. durante 7 años: Usted debe haber vivido en los EE.UU. de forma continua durante 7 años después de haber sido admitido en cualquier estatus.
- No haber cometido delitos graves: Usted no debe haber sido condenado por una felonía con agravantes, ya que lo descalifica para recibir este alivio.
- 10 años de presencia física continua: Usted debe haber estado físicamente presente en los EE.UU. durante al menos 10 años antes de recibir una Notificación de Comparecencia ante la corte de inmigración.
- Buen Comportamiento Moral: Usted debe demostrar buen comportamiento moral durante este período de 10 años.
- Aflicción Excepcional para Familiares Calificados: Debe demostrar que su deportación causaría «un sufrimiento excepcional y extremadamente inusual» a un cónyuge, padre o hijo que sea ciudadano estadounidense o residente legal permanente.
- Ausencia de condenas penales inhabilitantes: Ciertas infracciones penales, especialmente los delitos con agravantes, le harán inelegible para este alivio.
Preguntas Frecuentes
