Dispensa del requisito de residencia de dos años en el exterior para la J-1
Podemos ayudarle en el proceso de solicitud de una dispensa del requisito de dos años de residencia en el país de origen para un visado J-1.
Programe su consulta con una de nuestras abogadas de inmigración.
¿Qué es la visa de visitante de intercambio J-1?
La visa J1 es una clasificación de visa de no inmigrante para visitantes de intercambio. Este visado es para personas que han sido aprobadas para participar en programas de visitantes de intercambio basados en el trabajo y el estudio. Los participantes en estos programas de intercambio son fundamentales para el éxito del programa, por lo que se les puede conceder un visado J1.
La visa de visitante de intercambio, o Visa J-1, está disponible para aquellas personas que tengan la intención de participar en un programa de intercambio aprobado. El solicitante puede participar en el programa de intercambio con diversos fines, entre ellos:
- Enseñar, instruir o dar conferencias;
- Estudiar, observar o investigar;
- Consultar o demostrar habilidades especiales;
- Recibir formación; o
- Recibir formación o educación médica de postgrado.
¿Qué es el requisito de residencia de dos años de la visa J-1?
Los ciudadanos de determinados países que vayan a recibir formación en los campos enumerados en la «lista de aptitudes» del Departamento de Estado no pueden cambiar a ningún otro estatus de no inmigrante en Estados Unidos ni emigrar a este país hasta que hayan regresado a su país de origen por un periodo de dos años. Quienes estén sujetos a este requisito deben acatarlo o, si reúnen los requisitos, solicitar una dispensa J-1.
¿Existe algún modo de eximir del requisito de residencia en el país de origen?
A J-1 visa holder may obtain a waiver of the two-year home residence requirement; however, these waivers are not always easy to obtain. The waiver includes the following:
-A “no objection” letter may be provided by the government of the applicant’s home country which states that the government does not object to the waiver request of the applicant.
-The applicant may request a waiver if they can prove that upon the applicant’s return, he or she will be subjected to persecution on account of their race, religion, or political opinion.
-The applicant may request a waiver based on a showing of hardship that the spouse or child (must be U.S. citizen or Permanent REl poseedor de una visa J-1 puede obtener una dispensa del requisito de dos años de residencia en el país de origen; sin embargo, estas dispensas no siempre son fáciles de obtener. La dispensa incluye lo siguiente:
-El gobierno del país de origen del solicitante puede proporcionar una carta de «no objeción» que indique que el gobierno no se opone a la solicitud de dispensa del solicitante.
-El solicitante puede pedir una dispensa si puede demostrar que, a su regreso, será objeto de persecución por motivos de raza, religión u opinión política.
-El solicitante puede pedir una dispensa si demuestra que el cónyuge o el hijo (debe ser ciudadano estadounidense o residente permanente) sufrirá dificultades como consecuencia de que el solicitante esté sujeto al requisito de los dos años.
Perdón J-1:
Algunas personas que se encuentran en Estados Unidos con una visa J-1 deben regresar a su país de origen durante dos años una vez que expira su visa.
Pero, ¿y si han conocido a alguien estando aquí y quieren casarse? ¿Y si tienen la oportunidad de realizar un trabajo importante en Estados Unidos? ¿Y si van a sufrir persecución a su regreso?
Ahí es donde entra en juego la dispensa J-1. Esta dispensa le permite permanecer en Estados Unidos sin cumplir el requisito de dos años de residencia en el país de origen.
¿Necesita ayuda para dispensar del requisito de dos años de residencia para su visa J-1?
Deje que nuestras experimentadas abogadas de inmigración le guíen a través del proceso de perdón de los requisitos de la visa J-1.

- La Agencia Gubernamental Interesada (IGA) puede solicitar que se dispense del requisito al solicitante si éste acepta determinadas condiciones de empleo.
- El programa del Departamento de Salud de los Estados Unidos (Conrad 30) también autoriza el patrocinio de hasta 30 médicos extranjeros para obtener un perdón siempre que se comprometan a trabajar en una zona desatendida durante un periodo mínimo de 3 años.
Preguntas Frecuentes
El proceso para solicitar una dispensa para la visa J-1 depende de la razón por la que se solicita el perdón. Por lo general, los solicitantes deben presentar el formulario DS-3035 (Solicitud de Recomendación de Dispensa de Visado J-1) a la División de Revisión de Dispensas (WRD) del Departamento de Estado de EE.UU. y puede que también tengan que presentar documentación adicional dependiendo del fundamento de la dispensa.
Sí, los visitantes de intercambio pueden solicitar una dispensa J-1 antes de completar su programa J-1. Sin embargo, ciertas modalidades de dispensa pueden requerir la finalización del programa antes de que se tome una decisión final sobre la solicitud de dispensa.
Sí, las personas que obtienen una dispensa J-1 pueden optar a solicitar la residencia permanente (tarjeta verde) en Estados Unidos a través de vías de inmigración basadas en el empleo o en la familia, siempre que cumplan los criterios de elegibilidad y los requisitos de la categoría de visa de inmigrante deseada.
Las cinco modalidades más comunes son:
– Declaración de no objeción
– Dispensa por persecución
– Dispensa por dificultades excepcionales
– Dispensa por organismos gubernamentales interesados
– Dispensa del programa Conrad 30 (para médicos)
Los plazos de tramitación varían, oscilando normalmente entre 6 y 12 meses, dependiendo del tipo de caso y del organismo gubernamental implicado.
En la mayoría de los casos, no puede trabajar a menos que tenga una autorización de trabajo independiente, como una visa de trabajo aprobada.
Si le deniegan la dispensa, deberá cumplir el requisito de dos años de residencia en su país de origen o buscar otras opciones de inmigración con asistencia de un abogado.
Sí, los médicos pueden acogerse al programa de dispensa Conrad 30, que les permite trabajar en zonas desatendidas de EE.UU. para dispensarles del requisito de residencia.
Comience por consultar a un abogado de inmigración para evaluar su caso y determinar la mejor categoría de dispensa para su situación.
¿Necesita ayuda con su dispensa J-1?
Comuníquese hoy mismo con nuestro experimentado equipo para obtener orientación personalizada.
